Las mejores formas de invertir tu Gordo de Navidad

¿Ya tienes tus números de Lotería de Navidad? ¡Fantástico! Ahora, ¡veamos qué puedes hacer cuando te toque el Gordo!

Cierto, aún quedan unos meses para el Sorteo Extraordinario de Navidad, pero nunca es pronto para empezar a imaginar tu nueva vida de millonetis. Y la primera pregunta que deberías hacerte al respecto es: “¿cuál es la mejor manera invertir mi dinero?”.

Tras esta cuestión aparecen las dudas: cuánto se lleva Hacienda, cómo y dónde cobrar el premio, o cuál es la inversión más conveniente en este momento. Así que ni cortos ni perezosos, antes de que lo gastes de golpe o dejes tu trabajo, vamos a resolver estas cuestiones… ¡Y algunas más!

Cómo cobrar el décimo premiado

Lo has comprobado una y otra vez y sí: ha sido tu número. ¡Te ha tocado la lotería de Navidad de 2021! ¡Felicidades! Es en este punto cuando surge la primera pregunta: ¿cómo cobro mi premio?

Si se da el caso de que tu premio es inferior a 3.000 euros, puedes cobrarlo en cualquier Administración de lotería.

Si tu premio es igual o superior a 3.000 euros, puedes proceder a su cobro en alguna de las entidades financieras autorizadas, o bien en las delegaciones territoriales de Loterías y Apuestas del Estado.

Ojo al dato: no has de ser cliente de la entidad bancaria para poder acceder al cobro. Tan solo necesitas presentar el décimo premiado y tu DNI para que se pueda realizar la entrega del cheque con la cantidad del premio.

De nuevo, atento, especialmente juegas con tu empresa o en peña. En caso de que el décimo pertenezca a varias personas, deberán presentarse todos los documentos identificativos de los intervinientes.

La segunda pregunta es, sin duda, ¿cuándo puedo cobrar mi premio?

Como en la cuestión anterior, si el premio es menor a 3.000 euros este pago se puede solicitar desde la misma tarde del propio día 22, una vez que hayan concluido las verificaciones de los números premiados. Habitualmente se abre el plazo a las 18.00 horas, pero el horario puede verse un poco retrasado si hay que realizar alguna comprobación extra.

Por otro lado, si el premio es superior a 3.000 euros, podrás reclamarlo en la entidad bancaria colaboradora que más te convenga en el siguiente día laboral. En ambos casos dispones de tres meses de plazo para cobrar los décimos premiados.

¿Cómo tributa mi premio?

Esta historia tiene miga, pero no te preocupes: el premio exento de tributación ha ido subiendo en los últimos años.

Desde el año 2013 hasta hoy, las ganancias que se obtienen de los sorteos y loterías están gravadas con un 20%. Esto incluye todos los premios de Loterías y Apuestas del Estado, los de la ONCE y también los sorteos de Cruz Roja.

En el 2019 el mínimo exento aumentó de 10.000 a 20.000 euros y finalmente, en 2020, la cantidad volvió a aumentar. Únicamente los premios superiores a 40.000 euros han de tributar ese 20%.

Independientemente de la cuantía por encima de los 40.000 euros que te haya tocado, se te descontará la parte proporcional en el momento en el que cobres la ganancia. ¡Ah! Y a la hora de hacer la declaración de la renta no se te puede olvidar indicar que has sido uno de los agraciados en la Lotería de Navidad.

¿Qué tipo de inversión te conviene?

Una vez cobrada la lotería, hay un consejo básico y elemental que tienes que seguir a rajatabla: no pierdas la cabeza.

Insistimos: se extremadamente prudente con tu nueva situación. Si lo ves necesario, recurre a un profesional experto para que te asesore sobre qué hacer con el dinero.

Una vez estés seguro de que no vas a perder los papeles, lo ideal es analizar de tu situación patrimonial y tus necesidades de liquidez a corto, medio y largo plazo, además de marcar el riesgo que quieres asumir.

La recomendación más común es que primero cubras tus necesidades inmediatas, es decir, que “tapes agujeros”. Y quizá darte algún gusto, ¡pero uno y pequeño!

Una vez que hayas acabado con esto, es el momento de decidir en qué quieres hacer tu inversión para hacer más rentable tu premio.

Amortizar tu préstamo o hipoteca

Si tu intención es amortizar un préstamo o la hipoteca con lo que has ganado con la lotería debes ponderar, antes de nada, si te compensa.

Y es que cancelar la deuda tiene sentido económico “siempre que el coste, es decir, el tipo de interés, sea superior a la rentabilidad que nos daría otro activo financiero”. También habría que valorar si hay costes por cancelación anticipada o si perdemos desgravaciones fiscales (caso de una hipoteca sobre una vivienda habitual formalizada antes del 1 de enero de 2013).

Planes de pensiones o de jubilación

Es posible seas de los que ven a largo plazo: parte de tu premio también lo puedes destinar a ahorrar para la jubilación. Los planes de pensiones y los planes de jubilación son una buena opción.

La principal diferencia entre ambos es que los primeros son menos líquidos (solo puede retirarse el efectivo en determinadas contingencias), y los segundos ofrecen una rentabilidad inferior. También difiere su fiscalidad. Con el plan de pensiones podrías tener deducciones en la Declaración de la Renta por las aportaciones que hagas, no así en el de jubilación.

Fondos de inversión

Otro posible producto para invertir lo que te ha tocado en la lotería son los fondos de inversión. Se trata de vehículos de inversión que aglutinan las aportaciones de diversos ahorradores, que ceden a gestores profesionales la toma de decisiones sobre la inversión de su patrimonio.

La inversión se realiza de forma conjunta en los activos que el equipo gestor considera adecuados para obtener la mejor rentabilidad posible y en función de una estrategia de inversión definida previamente. Es decir, podrás optar por un perfil más arriesgado de renta variable, o uno más conservador de renta fija.

Invertir en deuda pública

Aquellos perfiles más conservadores pueden optar por la deuda pública. Hay diferentes tipos: letras del tesoro, bonos y obligaciones.

  • Las Letras del Tesoro son las emisiones de deuda a corto plazo con vencimientos de 3, 6, 9 y 12 meses.
  • Los Bonos del Estado están indicados para inversiones a medio y largo plazo, con vencimientos a 2, 3 y 5 años.
  • Las Obligaciones del Estado están orientadas a inversiones a largo plazo (vencimientos a 10, 15 y 30 años).

Bonos y acciones

Otras alternativas de inversión están en los bonos y las acciones.

Los bonos suponen la compra de deuda de una empresa o entidad emisora, y son interesantes para quienes tengan aversión al riesgo y están orientados al medio o largo plazo.

Por su parte, las acciones son la compra de participaciones de una compañía, y están indicadas para personas con un perfil inversor más agresivo. En este caso no sabrás la rentabilidad que lograrás hasta que no vendas los títulos, mientras que en los bonos el interés está fijado previamente.

Las opciones para invertir el dinero que has ganado en la Lotería de Navidad son variadas y aptas para todo tipo de inversores. Déjate asesorar por expertos y toma la decisión con calma para que tu inversión sea lo más rentable posible para ti. Así lograrás disfrutar de tranquilidad económica durante más tiempo. ¡Algo que te agradecerán tus finanzas a largo plazo!

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